El paz y salvo de derecho de autor que emite DINALO-UPIDIR no tiene validez para autorizar el uso de obras musicales que solo SAYCO representa
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El Tribunal Superior Del Distrito Judicial de Cúcuta Sala Civil – Familia, en sentencia del 30 de abril de 2025, confirmó que el municipio de San José de Cúcuta es responsable por la infracción a los derechos de autor de las obras musicales representadas por SAYCO, en el concierto ESPINOZA PAZ TOUR COLOMBIA realizado en el mes de marzo de 2019 que se llevó a cabo con comprobante de pago del denominado Gestor Individual DINALO UPIDIR
La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia – SAYCO, informa sobre el fallo del 30 de abril de 2025 proferido por EL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA SALA CIVIL – FAMILIA, confirmando la decisión ya tomada por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA del 01 de noviembre de 2024, en el que se declara que el Municipio de San José de Cúcuta, es responsable administrativa y patrimonialmente por omisión al no validar que la licencia o comprobante de pago por derecho de autor para el concierto “ESPINOZA PAZ TOUR COLOMBIA” del año 2019, hubiera sido emitida por SAYCO como representante de las obras musicales comunicadas públicamente en dicho evento, que tuvo lugar en la Plaza de Banderas del municipio de San José de Cúcuta, los días 30 y 31 de marzo de 2019.
Esta Sentencia reafirma la legitimación presunta de la que por ley goza SAYCO, como Gestora Colectiva de los derechos de autor reconocida y autorizada por la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA), con base en sus estatutos, los acuerdos de afiliación y los contratos de representación reciproca suscritos con sociedades extrajeras. Aclarando, además, que las Sociedades de Gestión Colectiva no están obligadas a probar la representación de sus miembros, ya que esta representación se presume.
A la vez, se manifestó que las alcaldías deben realizar la validación de los requisitos establecidos en la Ley 1493 de 2011 para la autorización de espectáculos públicos, los cuales incluyen, entre otros aspectos, la revisión de la documentación pertinente y el cumplimiento de las normativas relacionadas con derechos de autor y seguridad pública; y que en este caso en particular, el municipio de Cúcuta incurrió en error al omitir la verificación de la autorización previa y expresa que debía emitir SAYCO, entidad encargada de gestionar los derechos de autor para el uso de las obras musicales ejecutadas durante el evento público denominado “ESPINOZA PAZ TOUR COLOMBIA”, y que, DINALO-UPIDIR no tiene ninguna potestad de licenciamiento para el uso de las obras que representa SAYCO, recordando los requisitos que un gestor individual debe cumplir.