Llamado de atención a autoridades y empresarios del espectáculo durante la Feria de Cali
- Oficina de comunicaciones
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Los paz y salvos o comprobantes de pago emitidos por gestores individuales NO REEMPLAZAN la licencia de SAYCO como sociedad de gestión colectiva.
La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia – SAYCO, informa a los empresarios de la FERIA DE CALI, a la administración municipal de Santiago de Cali y a la opinión pública que, en vísperas de este evento cultural, algunas personas naturales y jurídicas en calidad de GESTORES INDIVIDUALES se encuentran emitiendo paz y salvos o comprobantes de pago para el uso o comunicación pública de cualquier obra musical INDISTINTAMENTE DE QUIEN SEA SU TITULAR O REPRESENTANTE, lo cual representa una forma directa y premeditada de apropiarse indebidamente de los derechos de autor de diferentes creadores nacionales y extranjeros de obras musicales violando la Ley.
Es importante tener en cuenta que la mayoría, por no decir la totalidad, de la música nacional y extranjera que se utiliza en eventos musicales en sus diferentes géneros (Salsa, vallenato, merengue, bachata, balada, rock, country, etc.), como en este caso la FERIA DE CALI, son representadas en territorio colombiano de manera EXCLUSIVA en un 100% por SAYCO como sociedad de gestión colectiva, motivo por el cual el paz y salvo de un gestor individual no autoriza el uso de las obras musicales representadas por SAYCO.
Se aclara que, a la luz de la normatividad vigente, el paz y salvo de derecho de autor es la autorización previa y expresa proveniente del TITULAR O REPRESENTANTE DE LAS OBRAS MUSICALES; en este sentido, solo se podrá tener como tal para el cumplimiento de los requisitos legales de autorización de espectáculos públicos, aquel que se emita por quien sea el titular o representante acreditado de las obras musicales por ejecutar.

Es importante indicarle a las AUTORIDADES y EMPRESARIOS y/u ORGANIZADORES DE ESPECTÁCULOS, que los paz y salvos o comprobantes de pago emitidos por GESTORES INDIVIDUALES solo autorizan el uso de las obras musicales que dichos gestores individuales representan (representación que deben probar a la luz del procedimiento reglado en la Ley), sin que dicha autorización se extienda al repertorio musical nacional y extranjero representado por SAYCO; en tal sentido, a pesar de adquirir los paz y salvos de gestores individuales, los empresarios que pretendan hacer uso de las obras musicales representadas por SAYCO deberán adquirir de manera OBLIGATORIA, la licencia de SAYCO que los habilite para comunicar públicamente las obras musicales de MANERA LEGAL, en los términos del artículo 158 de la Ley 23 de 1982.
Por otra parte, se reitera a la ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTIAGO DE CALI, el deber constitucional de protección a la propiedad intelectual (Art. 61 C.N.), y su función legal en el trámite de autorización de espectáculos públicos para verificar de manera obligatoria que los paz y salvos, o comprobantes y/o licencias de uso de obras musicales, provengan del titular o representante de las obras a comunicarse públicamente, tal como lo reitera la CIRCULAR 017 DEL 14 DE OCTUBRE DE 2025 emitida por la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

En este sentido, se les indica a los empresarios y a la administración municipal de Santiago de Cali que, en caso de que tengan dudas frente a la titularidad o representación de las obras musicales, pueden contactarse con nuestra Recaudadora del Valle del Cauca al correo electrónico recaudo_valle@sayco.org quien atenderá sus inquietudes y tramitará las solicitudes necesarias.
Por último, sin dejar de lado el ánimo de concertación y negociación de SAYCO para licenciar el uso de las obras musicales representadas para su utilización en los diferentes espectáculos de la FERIA DE CALI, se advierte que esta sociedad de gestión colectiva interpondrá las acciones judiciales y disciplinarias correspondientes, en aquellos casos en los que se omita la obtención legal de la licencia correspondiente para el uso legítimo de obras musicales.